Controversia en proceso de nulidad electoral contra alcalde de Pueblo Nuevo
La audiencia de pruebas del proceso de nulidad electoral que se adelanta contra la elección de Ovidio Miguel Hoyos Paternina como alcalde de Pueblo Nuevo para el período 2016-2019 continuó ayer tras haber sido suspendida debido a que el Partido de la U no hizo llegar la prueba solicitada, en la que se le pide que certifique si le dio o no aval a Hoyos Paternina para su aspiración política.
De nuevo por culpa de dicha colectividad se tuvo que aplazar la diligencia, lo que obligó al magistrado del caso, Publio Martín Andrés Patiño Mejía, oficiar por última vez, so pena de las sanciones e investigaciones pertinentes a esa colectividad, para que en el término de cinco días aporte la información.
Puja por pruebas
En la audiencia Hoyos Paternina dio a conocer el cambio de defensor, siendo su nuevo abogado Sergio Luis Vargas Ávila, quien solicitó al Magistrado que tuviera en cuenta una prueba del Consejo Nacional Electoral (CNE), que se había desconocido en audiencias anteriores y de la que según este no se realizó ningún pronunciamiento del togado para argumentar su rechazo.
«Hacemos la solicitud en busca de que no se le vulneren derechos fundamentales a mi cliente o que se generen nulidades procesales», indicó Vargas Ávila.
La prueba solicitada al CNE tiene que ver con una certificación en la que se indique si Ovidio Hoyos Paternina fue inscrito como afiliado o miembro del Partido de la U.
El Magistrado negó la solicitud tras argumentar que «se interpreta la petición como una solicitud de saneamiento. Es cierto que en la audiencia inicial se estudiaron las pruebas y no hubo pronunciamiento sobre estas, sin embargo, no se presentaron observaciones de las partes intervinientes y por lo tanto, al no interponerse recurso alguno, la decisión quedó ejecutoriada».
Agregó que no se omitió el estudio, solicitud, decreto o práctica de pruebas, razón por la que no encuentra irregularidad procesal alguna ni vulneración de los derechos fundamentales del demandado.
La parte demandada interpuso el recurso de reposición ante la decisión del magistrado Patiño Mejía, quien se ratificó en su determinación de negar la pretensión.
Pese a que el Magistrado negó la petición de la parte demandada de tener en cuenta una prueba del CNE que se desestimó en la audiencia inicial, el Ministerio Público indicó que si es viable la solicitud, debido a que se está en la etapa probatoria y con ello se garantiza el derecho a la defensa y al debido proceso.
Ante ello el togado decidió escuchar el concepto y decretar cuatro pruebas: ofició a la Registraduría para que suministre copias auténticas de formulario E6 y E26; solicitó a los partidos de la U y Conservador copia de los estatutos y de los formularios de inscripción a dichos movimientos del demandado; pidió a la Registraduría Municipal de Pueblo Nuevo certificación del retiro del aval de la U de la candidatura de José Inés Torres y finalmente requirió por parte del CNE información sobre sí Hoyos Paternina fue inscrito como afiliado o miembro del partido de la U, Conservador u otro partido político.
Vía El Meridiano



