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Magistrados salvan voto y cuestionan proceso contra Wadith Manzur y Karen Manrique

La decisión que llevó a juicio a los congresistas Wadith Manzur y Karen Manrique estuvo lejos de ser unánime. La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia alcanzó un empate que tuvo que resolverse con el voto de dos conjueces, evidenciando profundas diferencias jurídicas sobre los fundamentos del caso.

En ese contexto, los magistrados César Reyes y Marco Antonio Rueda presentaron un extenso salvamento de voto en el que expresan su desacuerdo con la postura mayoritaria. En su análisis, sostienen que la acusación por cohecho carece de sustento suficiente y que la medida de aseguramiento dictada contra los aforados resulta desproporcionada.

Uno de los puntos centrales de su disenso es la interpretación de las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo. Para Reyes y Rueda, no toda negociación política puede ser entendida como un acto criminal. A su juicio, la investigación se enfocó excesivamente en examinar las interacciones entre funcionarios, sin demostrar de manera individual un interés indebido o beneficio particular por parte de los congresistas.

En su documento, los magistrados enfatizan que, para configurar el delito, era necesario probar que cada uno de los implicados buscaba un beneficio personal o para terceros, distinto del interés colectivo. Sin esa evidencia, consideran que la imputación resulta débil.

Asimismo, recuerdan que tanto la Corte Suprema como la Corte Constitucional han respaldado la gestión de recursos por parte de los congresistas en favor de sus regiones, siempre que esta se enmarque dentro de sus funciones.

Sobre las denominadas prácticas de asignación de recursos —conocidas popularmente como “mermelada”—, los magistrados sostienen que se trata de mecanismos de negociación política habituales, que no constituyen delito si no hay un interés particular indebido.

En cuanto a Manzur y Manrique, el salvamento de voto señala que no existen pruebas claras de que hayan recibido dinero, promesas o beneficios a cambio de sus actuaciones. Según su criterio, tampoco se evidencia que la asignación de contratos haya respondido a intereses privados.

Aunque se menciona que ambos congresistas facilitaron contactos regionales para la ejecución de proyectos, los magistrados subrayan que estos vínculos no prueban una conducta delictiva, sino que hacen parte del funcionamiento institucional.

El desacuerdo también se extiende a la decisión de imponer una medida de aseguramiento. Reyes y Rueda advierten que previamente la misma Sala había optado por no restringir la libertad de los procesados, sin que desde entonces surgieran nuevas pruebas que justificaran un cambio de postura.

Finalmente, cuestionan que la decisión actual se base en interpretaciones especulativas y en argumentos relacionados con la posición de poder de los congresistas, más que en evidencia concreta.

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