Bicicletas y patinetas eléctricas tendrán nuevas reglas para circular en Colombia
El Ministerio de Transporte expidió una nueva reglamentación para bicicletas eléctricas, patinetas y ciclomotores con el propósito de establecer normas claras de circulación, mejorar la seguridad vial y reducir los riesgos para peatones, ciclistas y demás actores en las vías.

El crecimiento del uso de vehículos eléctricos livianos en Colombia llevó al Ministerio de Transporte a establecer una reglamentación que fija nuevas condiciones para su circulación. La medida busca llenar el vacío normativo que existía frente a bicicletas eléctricas, patinetas y ciclomotores, definiendo límites de velocidad, requisitos técnicos y obligaciones para quienes los conducen.
Entre las principales disposiciones, la resolución establece que en las ciclorrutas la velocidad máxima permitida será de 25 kilómetros por hora, mientras que en los carriles mixtos urbanos el límite será de 40 kilómetros por hora. Además, estos vehículos no podrán circular por los andenes, ya que son de uso exclusivo para los peatones, ni transitar por carreteras nacionales fuera de las zonas urbanas.
La normativa también fija características técnicas para los vehículos que podrán utilizar las ciclorrutas. De acuerdo con el Ministerio, no podrán superar los 60 kilogramos de peso ni contar con motores eléctricos de más de 1.000 vatios de potencia. Panorama del San Jorge conoció que el objetivo es disminuir los riesgos en espacios donde conviven peatones, ciclistas y usuarios de estos medios de transporte.
En materia de seguridad, el uso del casco será obligatorio durante todo el recorrido. Asimismo, los vehículos deberán contar con frenos en buen estado, luces delanteras y traseras, además de elementos reflectivos que faciliten su visibilidad, especialmente durante la noche o en condiciones de poca iluminación. La edad mínima para conducir estos vehículos será de 16 años.
Otro de los cambios será la implementación de un sistema de identificación para los vehículos eléctricos livianos. Cada unidad deberá portar una certificación o «cédula» ubicada en la parte delantera para facilitar los controles de las autoridades de tránsito. La reglamentación tendrá un período pedagógico de tres meses sin sanciones económicas. Una vez finalice esa etapa, desde 2027 comenzarán a imponerse comparendos y demás sanciones previstas para quienes incumplan las nuevas disposiciones.





