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Corte Constitucional garantiza acceso por EPS a servicios de salud mental para niños y adolescentes

La Corte Constitucional ha ratificado que el acceso a la salud mental es un derecho garantizado, especialmente para niños, niñas y adolescentes, quienes son considerados sujetos de especial protección constitucional.

En su reciente fallo, la Corte enfatizó la necesidad de que las Entidades Promotoras de Salud -EPS- y las entidades de medicina prepagada eliminen cualquier barrera administrativa que impida el acceso oportuno y efectivo a tratamientos clínicos para problemas de salud mental.

Además de exigir a estas entidades que garanticen la atención inmediata en casos de emergencia psicológica, la Corte también instruyó a los jueces para que evalúen integralmente los casos que involucren a menores con enfermedades mentales, asegurando así una protección completa de sus derechos constitucionales.

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