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Gobierno pide al Congreso prohibir las fiestas de toros

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, presentará mañana al Congreso un proyecto de ley, para prohibir en el territorio colombiano la celebración de corridas de toros, el rejoneo, las tientas, novilladas y becerradas.

“Teniendo en cuenta la guerra que hemos vivido en Colombia, la cual fue superada con la firma del acuerdo final de paz, no es coherente presentar la muerte como espectáculo público. La tauromaquia es un espectáculo cruel, en el cual se promueve el daño, sufrimiento, la agonía y muerte, en el que un animal es acosado y herido con arpones, banderillas, picas y espadas afiladas hasta que muere asfixiado o ahogado en su propia sangre, con los pulmones destrozados por la espada del matador, o apuntillado para seccionarle la médula espinal”, dirá el Ministro en la exposición de motivos que llevará a la Cámara de Representantes.

Frente al problema social que se puede presentar por el trabajo que pierden las personas que dependen del espectáculo taurino, el proyecto contempla lo siguiente:

“Las entidades territoriales con el apoyo del gobierno nacional tendrán un plazo de seis (6) meses a partir de la expedición de la presente ley, para presentar un plan de atención y una propuesta con nuevas actividades económicas y culturales si se requiere, para que las personas que se dedican a la actividad taurina, cuenten con programas de sustitución e integración laboral”.

Este proyecto se antepondrá a uno que ya está en el Senado de la República redactado por el senador Carlos Fernando Galán y quien propone que sean los concejos municipales los que resuelvan se aprueban o prohíben las corridas de todos, pero en caso de que las permitan deberán impedir el maltrato al animal.

El siguiente es el proyecto de ley que llevará mañana el ministro Cristo al Congreso:

Proyecto de Ley ___ de 2017

 “Por el cual se elimina la tauromaquia en el Territorio Nacional y se dictan otras disposiciones”

El Congreso de Colombia

Decreta

Artículo 1º.  La presente Ley tiene como objetivo fortalecer la cultura ciudadana para la paz, respeto a la vida e integridad de los seres sintientes, eliminando las prácticas taurinas como una expresión de violencia y crueldad en espectáculos públicos.

Artículo 2º. Elimínense las expresiones “rejoneo, corridas de toros, novilladas, becerradas y tientas” contenidas en el artículo 7º de la Ley 84 de 1989.

Artículo 3º. Deróguese la Ley 916 de 2004 “Reglamento Nacional Taurino”,

 Artículo 4º. Las entidades territoriales con el apoyo del gobierno nacional tendrán un plazo de seis (6) meses a partir de la expedición de la presente ley, para presentar un plan de atención y una propuesta con nuevas actividades económicas y culturales si se requiere, para que las personas que se dedican a la actividad taurina, cuenten con programas de sustitución e integración laboral.

Artículo 5º. La presente ley rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

De los Honorables Congresistas,

JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS

Ministro del Interior

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