En dos meses entra en vigencia la Ley de Garantías Electorales
La Ley de Garantías prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y distrital celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección.
A partir del próximo 11 de noviembre empezará a regir en el país la ley de garantías que establece restricciones a las entidades y los funcionarios públicos por las elecciones legislativas que se celebrarán el 11 de marzo de 2018.
A través de la Circular Externa No. 24 de 12 de mayo de 2017 se da a conocer las fechas y sanciones que aplica la Ley de Garantías Electorales para el 2017 y 2018
Según ese documento “el calendario electoral establece que las próximas elecciones de congresistas son el 11 de marzo de 2018 y las de Presidente y Vicepresidente el 27 de mayo de 2018. En consecuencia, a partir del 11 de noviembre de 2017 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital tienen prohibido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos, sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante”.
Cabe recordar que “la Ley de Garantías prohíbe a las Entidades Estatales celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido”.



