FINANZAS PERSONALES

¿Cuándo un hijo puede recibir la pensión de sus padres? Fallo judicial lo aclara

Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia aclaró en qué casos los hijos pueden recibir la pensión de sus padres. El fallo se dio tras analizar la historia de un hombre que dependía totalmente de su madre y cuya situación de salud le impedía trabajar.

El tema de las pensiones sigue siendo uno de los más sensibles para miles de familias colombianas, especialmente cuando se trata de garantizar la protección económica de personas vulnerables. En Panorama del San Jorge, le explicamos el alcance de una reciente decisión judicial sobre la pensión para hijos en Colombia, un fallo que marca un precedente en materia de pensión de sobrevivientes y derechos de personas con discapacidad.

La decisión fue tomada por la Corte Suprema de Justicia luego de estudiar el caso de un hombre que dependía económicamente de su madre, una mujer pensionada que falleció en 2015. El hijo había sido diagnosticado con una condición mental y física severa que le generó una pérdida de capacidad laboral del 71 %, lo que le impedía trabajar o estudiar. Según explicó la magistrada Marjorie Zúñiga Romero, de la Sala de Casación Laboral, la madre era quien asumía todos sus gastos y cuidados, incluyendo tratamientos médicos que no cubría la EPS.

Tras la muerte de la madre, el padre reclamó la pensión y obtuvo inicialmente el derecho sobre las mesadas, lo que dejó al hijo sin apoyo económico. Años después, tras el fallecimiento del padre en 2021, el hombre intentó sostenerse vendiendo dulces en buses mientras solicitaba ante Colpensiones el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes. Sin embargo, el fondo negó el pago argumentando que no se había demostrado la dependencia económica requerida por la ley.

El caso avanzó en los tribunales y tanto en primera como en segunda instancia los jueces ordenaron que se reconociera la pensión junto con un pago retroactivo por los años no cancelados. Posteriormente, el proceso llegó a la Corte Suprema mediante un recurso de casación presentado por Colpensiones, donde finalmente se ratificó la obligación de pagar la mesada pensional. Este fallo refuerza la importancia de demostrar la dependencia económica y la condición de vulnerabilidad cuando se trata del derecho a pensión de hijos con discapacidad, un tema que sigue generando dudas entre muchas familias colombianas.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba