Concejales de Puerto Libertador quedan libres de medida cautelar por pérdida de vigencia
El Juzgado Cuarto Administrativo Mixto de Montería negó la suspensión del Acuerdo 006 de 2023, al concluir que este ya no tiene validez jurídica. La medida deja sin efecto la demanda interpuesta contra los concejales de Puerto Libertador.

El Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería decidió no admitir la medida cautelar presentada contra el Acuerdo 006 de 2023, expedido por el Concejo Municipal de Puerto Libertador. El despacho determinó que dicho acto administrativo perdió vigencia y, por lo tanto, carece de efectos jurídicos.
La solicitud había sido radicada por Óscar David Rodríguez Rodríguez, quien argumentaba que el acuerdo contenía irregularidades graves, entre ellas la supuesta autorización indebida de vigencias futuras hasta el año 2034, la falta de estudios técnicos para respaldar un empréstito superior a $18 mil millones y la ausencia de control por parte de la Gobernación de Córdoba.
Sin embargo, el juzgado aclaró que la medida cautelar solo procede sobre actos administrativos que estén en firme. En este caso, el acuerdo tenía una vigencia de seis meses a partir del 23 de junio de 2023, lo que significa que perdió fuerza legal el 23 de diciembre del mismo año.
El fallo también precisó que cualquier actuación posterior derivada de ese acuerdo, como contratos o adiciones realizadas en 2025, deberá ser analizada en procesos jurídicos independientes, al no hacer parte del litigio actual.



