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Presidencia notificó a De la Espriella que no puede posesionarse en una base militar

Por medio de una carta, la Presidencia de la República le notificó al presidente electo, Abelardo de la Espriella, que su posesión no puede darse en una base militar, sino que debe hacerse ante el Congreso en el Capitolio Nacional.

El artículo 9º de la Ley 5 de 1992 dispone que “[e]l Congreso tiene su sede en la capital de la República”, se lee.

De esta manera, recuerdan que, de acuerdo con el decreto 770 de 1982 y la Ley 5 de 1992, la posesión del mandatario debe hacerse ante el Congreso de la República reunido en el Capitolio Nacional.

“Por lo tanto, esta Jefatura de Despacho no tiene competencia para autorizar, avalar ni gestionar que la ceremonia de posesión se realice en una instalación militar o en cualquier sede distinta al Capitolio Nacional; cualquier variación en tal sentido excede el ámbito protocolario del Decreto 770 de 1982 y corresponde, en todo caso, a una decisión propia del Congreso de la República”, señalan.

No obstante, según el artículo 33, “por acuerdo entre ellas, las Cámaras podrán trasladar su sede a otro lugar y, en caso de perturbación del orden público, podrán reunirse en el sitio que designe el Presidente del Senado”.

Asimismo, el documento anticipa que el presidente saliente, Gustavo Petro, le impondrá la Cruz de Boyacá, una de las máximas condecoraciones en Colombia, a De la Espriella.

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