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Procuraduría destituye e inhabilita por 13 años a alcalde de Puerto Escondido

“Las faltas cometidas por el funcionario actual fueron calificadas por la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública como gravísimas cometidas con culpa gravísima”, señaló el Procurador.

A su llegada a Montería el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, anunció que la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años a Camilo Torres Becerra, actual alcalde de Puerto Escondido, Córdoba, por infringir normas que regulan la contratación estatal en proyectos financiados con recursos de regalías.

Por no compartir los argumentos expuestos por el ente disciplinario, el defensor del mandatario municipal apeló la decisión de primera instancia, recurso que será resuelto por la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.

Los motivos de la destitución
Señaló que en principio se le impusieron seis cargos, de los cuales cuatro prosperaron. En uno de esos se demostró que el funcionario suscribió un Convenio Interadministrativo de Cooperación con la Asociación de Municipios del Sinú, Sabana y Costa Cordobesa (ASISCO) con el objeto de construir un puente vehicular en el municipio Puerto Escondido, sin contar con los estudios necesarios y suficientes, lo cual hizo incurrir en mayores cantidades de obra.

En otro caso se evidenció que el alcalde contrató mediante la modalidad de contratación directa, incumpliendo el principio de transparencia que debe mediar en la contratación pública, como quiera que la modalidad de selección del contratista debía ser la licitación pública.

En el tercer caso se comprobó que Torres Becerra suscribió un convenio interadministrativo de cooperación con la Asociación de Municipios de la Sabana y el Sinú para efectuar interventoría técnica, administrativa, financiera y jurídica a dos contratos de obra que tenían por objeto la construcción de los puentes de la quebrada de Cuello y de la quebrada Galápago y la construcción y dotación de dos centros de desarrollo infantil en la zona rural de Puerto Escondido, a través de la modalidad de contratación directa, cuando debió contratarse mediante concurso de méritos.

En el cuarto y último cargo se evidenció que en su condición de alcalde municipal, y por ende, miembro y presidente del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de Puerto Escondido, incumplió su deber de decidir qué instancia adelantaría la contratación de la interventoría, al expedir el Acuerdo 01 del 21 de enero de 2013, en el cual se aprobaron los proyectos de inversión para la construcción de los mencionados puentes sobre las quebradas Cuello y Galápago.

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