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La Corte Constitucional le frena poderes a la Procuraduría. No podrá sancionar a funcionarios

La Corte Constitucional tumbó las facultades jurisdiccionales que el Congreso le había dado en la Ley 2094 de 2021 a los procuradores que adelantan investigaciones en contra de los funcionarios elegidos por voto popular.

Con esta decisión, la Corte Constitucional define que la Procuraduría mantendrá las facultades para investigar y sancionar a funcionarios elegidos por voto popular, pero la ejecución o aplicabilidad de la sanción queda suspendida hasta que el Consejo de Estado revise el caso y confirme la sanción.

La Corte Constitucional precisa que la determinación de las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad a funcionarios de elección popular corresponderá finalmente al juez contencioso administrativo, después de agotado el procedimiento a cargo de la Procuraduría General, pues son contrarias a la Constitución las funciones jurisdiccionales que le asignó la Ley 2094 de 2021.

Precisa la Corte, que las funciones disciplinarias que ejerce la Procuraduría General de la Nación son de naturaleza administrativa y no jurisdiccional.

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