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Juzgado niega suspender acuerdo municipal para gestión de crédito en Puerto Libertador

El Juzgado Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería resolvió este 30 de septiembre de 2025 la petición de medida cautelar presentada dentro de un proceso de nulidad contra el Acuerdo 006 de 2023, aprobado por el Concejo Municipal de Puerto Libertador y sancionado por el entonces alcalde Jhon Eder Soto Cuadrado.

El demandante, Óscar David Rodríguez Rodríguez, solicitaba la suspensión provisional de dicho acuerdo, alegando múltiples irregularidades en su expedición, como extralimitación de funciones del Concejo, autorización indebida de vigencias futuras hasta 2034, falta de sustento técnico para el empréstito por más de $18 mil millones y ausencia de control administrativo por parte de la Gobernación.

Sin embargo, tras revisar los argumentos, el despacho concluyó que la medida cautelar carecía de objeto, puesto que el Acuerdo 006 estableció expresamente una vigencia de seis meses contados desde el 23 de junio de 2023, plazo que venció el 23 de diciembre de ese mismo año. En consecuencia, el acto ya no genera efectos jurídicos.

El juzgado precisó que la suspensión provisional solo procede sobre actos vigentes y que, al haber expirado la autorización, la solicitud resultaba improcedente. Asimismo, señaló que las actuaciones posteriores relacionadas con contratos y otrosíes firmados en 2025 deberán tramitarse mediante procesos independientes, dado que exceden el objeto del actual litigio.

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