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Ya hay fecha y hora en la que se anunciará el monto de la condena al expresidente Uribe

El próximo viernes, 1 de de agosto, se dará a conocer el monto de la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. El anunció se realizará a partir de las 2:00 de la tarde, según informó la jueza del caso.
 
Tras conocerse hoy el sentido del fallo contra el expresidente Álvaro Uribe, por los delitos de fraude procesal en concurso homogéneo y soborno en actuación penal en concurso homogéneo, se abre la puerta al inicio de una serie de etapas procesales que podrían extenderse por varios meses, incluso años.
 
El sentido del fallo anunciado por la jueza Sandra Heredia no debe confundirse con una condena, sino con una dirección inicial hacia la sentencia que será emitida el viernes.
 
El abogado Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explicó que este es solo un espacio preliminar en el que la jueza dará su conclusión respecto del asunto.
 
En este sentido, “el sentido del fallo no es una condena definitiva. Es simplemente el espacio en el que la funcionaria judicial va a dar su conclusión respecto del caso”, aseguró Bernate.
 
El abogado explicó que la sentencia condenatoria no implica que Uribe vaya a ser privado de su libertad de inmediato. “La privación efectiva de la libertad solo se da cuando hay una decisión definitiva”, afirmó.
 
Esto implica que una sentencia en firme solo podría producirse después de las apelaciones o incluso la casación ante la Corte Suprema de Justicia.
 
Con el fallo condenatorio se abriría un espacio para que las partes se pronuncien sobre la pena a imponer, considerando las circunstancias del expresidente. La jueza podría ordenar la captura de Uribe si considera que existen razones suficientes para ello.
 
Sin embargo, Kevin Díaz Lecompte, abogado penalista, señaló que la jueza tiene la potestad de decidir si Uribe es privado de su libertad, pero destacó que esta decisión debe estar debidamente justificada.
 
Díaz añadió que si la jueza opta por imponer una prisión domiciliaria, también debe ser respaldada por una motivación adecuada, considerando la naturaleza de los cargos y las circunstancias personales del procesado.

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