Desde octubre, contratistas por prestación de servicios pagarán salud y pensión por mes vencido
A partir de este mes empieza a regir la buena noticia para las personas que trabajan bajo un contrato de prestación de servicios a quienes les tocaba pagar anticipadamente, de acuerdo con su salario, el respectivo pago para la salud y la pensión.
El decreto ajustado el 23 de julio de 2018 por la exministra de trabajo, Griselda Restrepo y el exministro de salud, Alejandro Gaviria se determinó que los contratistas deberán pagar estos aportes los primeros días de octubre sin que le retengan el salario.
Según el decreto 1273, El pago de las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores independientes se efectuará mes vencido, por periodos mensuales, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, esto es, el mes anterior”.
Para Iván Daniel Jaramillo del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, esta medida se ve con mayor notoriedad para quienes a penas van a empezar su contrato bajo esta modalidad, ya que no tendrán que buscar el dinero prestado para que les puedan pagar su salario. No obstante, asegura que sí ayuda a aliviar el flujo de pagos para aquellos que ya son prestamistas.




