Cinturón de seguridad, ¿es de uso obligatorio para los pasajeros que van atrás?

Una de las preguntas que de manera recurrente se hacen los conductores es si los pasajeros que van en la parte de atrás del vehículo deben ir usando el cinturón de seguridad.
Y es que, por desconocimiento, en la mayoría de las ocasiones los pasajeros de las sillas traseras no van con el cinturón de seguridad abrochado.
Por eso, tenga en cuenta que las normas de tránsito establecen que el uso del cinturón debe ir abrochado en todas las plazas del vehículo.
Así lo establece el artículo 82 del Código Nacional de Tránsito que está vigente y que puede llevar a una multa a quien no lo use.
Un dato a tener en cuenta es que desde 2004 es obligatorio el uso del cinturón, según lo establecido en el Código Nacional de Tránsito; Ley 769 de 2002, Artículo 82 y la resolución 19200 de 2002.
La norma establece: “a partir del año 2004 los vehículos fabricados, ensamblados o importados se les exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, con las características técnicas de fijación y anclaje contempladas en el artículo 2° del presente acto administrativo”.
Lo cierto es que no utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros puede hacerle acreedor de una sanción de medio salario mínimo (casi $600.000).
Más allá de la sanción es fundamental entender que el cinturón de seguridad salva vidas al momento de sufrir un choque de alto impacto.


